16º Que ninguna traba o derecho se imponga sobre los artículos exportados de una Provincia a otra, ni que ninguna preferencia se dé por cualquiera regulación de comercio, o resta a los puertos de una Provincia sobre la otra, ni los barcos destinados de esta Provincia a otra, serán obligados a entrar, a anclar o pagar derechos en otra.
Artículo 12 - Los buques o aeronaves destinados de una provincia a otra no serán obligados a entrar, anclar, descender, amarrar ni pagar derechos por causa de tránsito.
Como andaban de priesa estos extranjeros, diéron la vuelta al globo en treinta y seis horas: verdad es que el sol, ó por mejor decir la tierra, hace el mismo viaje en un dia; pero hemos de reparar que es cosa mas fácil girar sobre su eje que
anclar á pié.
Voltaire
NOTA.--El puerto que está al O de la Punta de los Lobos, señalado con cuatro anclas, del cual hago referencia en la advertencia 9º, ademas de ser segurísimo y capaz de anclar en él muchas embarcaciones mayores y menores, tiene la gran ventaja, de que solo puede servir para que nuestras embarcaciones vayan à èl à proveerse de lo necesario: lo que no puede hacer otra ninguna embarcacion que no sea de la nacion ó de alguna aliada nuestra; pues siendo enemiga, no puede por camino alguno hallar ningun socorro.
Con acuerdo de lo barones y ricos hombres del ejército, la armada cambió de rumbo, hasta anclar en el lugar llamado la Palomera; y cuando el rey vió allí reunidas todas sus naves, elevó sus ojos y sus manos al cielo, esclamando: - "Ayudadme, ó Dios, en esta grande empresa!"- XXI.
Y Antonio se echó a gastar en misas de San Gregorio y demás sufragios por el ánima de Pérez de Araus, y la picarona ni por esas: no dejaba pasar noche en blanco o sin visita. Tengo para mí que en el siglo XVII debió
anclar un tanto descuidada la vigilancia de los guardianes en el Purgatorio.
Ricardo Palma
Artículo 12- Los buques destinados de una provincia a otra, no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito; sin que en ningún caso puedan concederse preferencias a un puerto respecto de otro, por medio de leyes o reglamentos de comercio.
Artículo 14º Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una Provincia a otra; ni que ninguna preferencia se de por cualquiera regulación de Comercio o renta a los Puertos de una Provincia sobre las de otras ni los Barcos destinados de esta Provincia a otra serán obligados a entrar a anclar o pagar Derechos en otra.
La Mackenna y la Genovesa, buque mercante aprosado en la travesía, lograron al fin, aunque con gruesa avería,
anclar en Chiloe, pero del Valdés nadie volvió a tener noticia.
Ricardo Palma
Artículo 12: Los buques destinados de una provincia a otra, no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito, sin que en ningún caso puedan concederse preferencias a un puerto respecto de otro, por medio de leyes o reglamentos de comercio.
La República de Colombia concede a los Estados Unidos el uso de todos los puertos de la República abiertos al comercio, como lugares de refugio para cualesquiera buques empleados en la obra del Canal, y para todos aquellos que hallándose en las mismas circunstancias de arribada forzada, vayan destinados a atravesar el Canal y necesiten anclar en dichos puertos .
Artículo 12: Los buques destinados de una Provincia a otra no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito.