Medidas recomendadas en materia de inocuidad de los alimentos y resistencia a los antimicrobianos - Recomendación 53: Desarrollar, establecer y fortalecer sistemas nacionales y asegurar su cumplimiento según sea apropiado, en particular mediante la revisión y modernización de la legislación y los reglamentos nacionales sobre inocuidad de los alimentos, para garantizar la actuación responsable de los productores y abastecedores de alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria.
Evaluar caso por caso los estudios que elaboren y presenten los interesados sobre la inocuidad y los posibles riesgos de los OGMs sujetos a autorización en los términos del Título Quinto de esta Ley; III.
El fomento de la inversión de los productores y demás agentes de la sociedad rural, para la capitalización, actualización tecnológica y reconversión sustentable de las unidades de producción y empresas rurales que permitan su constitución, incrementar su productividad y su mejora continua; V. El fomento de la sanidad vegetal, la salud animal y la inocuidad de los productos; VI.
El estudio de los posibles riesgos que el uso o consumo humano del OGM de que se trate pudiera representar a la salud humana, en el que se incluirá la información científica y técnica relativa a su inocuidad, y II.
Aprovechar la experiencia científica disponible para trabajar en proyectos de alta prioridad específica, incluyendo las materias de biotecnología, ingeniería genética, bioseguridad e inocuidad; XV.
TITULO SEXTO Etiquetado e Identificación de OGMs ARTICULO 101.- Los OGMs o productos que contengan organismos genéticamente modificados, autorizados por la SSA por su inocuidad en los términos de esta Ley y que sean para consumo humano directo...
Artículo 94.- Mediante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaria se garantizará la inspección en puertos y fronteras, para la verificación del cumplimiento de las normas aplicables a los productos vegetales, animales, maderas, embalajes y en general, a cualquier bien de origen animal y vegetal que represente riesgos de interés cuarentenario, biológico o de salud pública, adicionalmente intercambiará información y establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para evitar el ingreso irregular de productos, dado el riesgo sanitario que representan.
El Plan de Ayala, que traduce y encarna los ideales del pueblo campesino da satisfacción a los dos términos del problema, pues a la vez que trata como se merecen a los jurados enemigos del pueblo, reduciéndolos a la impotencia y a la inocuidad por medio de la confiscación, establece en sus artículos 6° y 7° los dos grandes principios de la devolución de las tierras robadas (acto exigido, a la vez, por la justicia y la conveniencia).
Se regirá por normas que se dicten, según los siguientes principios: 1) Coordinación permanente y sistemática; 2) Protección, recuperación, conservación y utilización racional del suelo y demás recursos naturales; 3) Armonización del espacio territorial, uso, ocupación y subdivisión del suelo; 4) Previsión y consolidación de la racional localización espacial de las inversiones; 5) Preservación y recuperación del equilibrio ambiental como sostén de la biodiversidad; 6) Prevención y control de todas las formas de contaminación, garantizando inocuidad al ambiente y protegiendo la salud pública...
XIV. Inocuidad: La evaluación sanitaria de los organismos genéticamente modificados que sean para uso o consumo humano o para procesamiento de alimentos para consumo humano, cuya finalidad es garantizar que dichos organismos no causen riesgos o daños a la salud de la población.
- Recomendación 54: Tomar parte activa en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius centrada en la nutrición y la inocuidad de los alimentos y aplicar a escala nacional, según corresponda, las normas adoptadas en el plano internacional.
Bioseguridad: Las acciones y medidas de evaluación, monitoreo, control y prevención que se deben asumir en la realización de actividades con organismos genéticamente modificados, con el objeto de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que dichas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y la diversidad biológica, incluyendo los aspectos de inocuidad de dichos organismos que se destinen para uso o consumo humano.