El desbarajuste administrativo que impera en las empresas gubernamentales, ya sea estatales o paraestatales, descentralizadas o centralizadas, que operan con números rojos en sus balances anuales y que crean un déficit de cientos de miles de millones de pesos, y que se administran con un criterio más político que económico.
En relación con el Patrimonio Nacional Intransmisible, el Ejecutivo ha expedido el Reglamento de la Ley Orgánica del artículo 27 Constitucional en Materia de Petróleos; la Secretaría del Ramo ha sido instruida para atender con especial cuidado los problemas de nuestros recursos mineros, vigilando sus exploraciones y explotación, la constitución de reservas, los aspectos de financiamiento, la revisión e integración legislativa; en cuanto al Patrimonio de Uso, se ha emprendido a fondo el registro de la propiedad federal y, en tanto éste se termina y se hace la valuación respectiva, quedaron suspendidas las ventas de inmuebles; respecto al Patrimonio de Inversión, se impuso la coordinación estricta de las dependencias gubernativas y las descentralizadas...
El gobierno nacional reunificará y fijará reglas claras y recursos suficientes tanto técnicos como financieros, para asegurar cada fase de la acción productiva y la recolección y comercialización de las cosechas y productos que con su venta a insumidores y consumidores, completa el circuito financiero con creciente capacidad para autofinanciamiento y adecuada rentabilidad para todos los actores de la cadena agroalimentaria. 1.1.3.6 Instrumentar políticas descentralizadas de fomento de asociaciones sociales para la producción agrícola.
Los programas tendrán por objeto reforzar la capacidad de las autoridades locales y asegurar la participación activa de las poblaciones, las comunidades y los grupos locales, con especial insistencia en la educación y la capacitación, la movilización de organizaciones no gubernamentales de reconocida experiencia y la consolidación de estructuras gubernamentales descentralizadas.
Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios.
Aprobar o improbar la conducta administrativa del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Tribunal Supremo Electoral, Tribunal Superior de Cuentas, Procuraduría General de la República, Procuraduría del Ambiente, Ministerio Público, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Registro Nacional de las Personas, Instituciones Descentralizadas y demás Órganos auxiliares del Estado; Modificado por Decreto 268/2002 y ratificado por Decreto 2/2002 Modificado por Decreto 412/2002 y ratificado por Decreto 154/2003.
b) Autorizar en la Administración Pública, instituciones estatales descentralizadas o empresas públicas, de las cuales reciba salario o dieta, actos o contratos jurídicos donde aparezcan como parte sus patronos o empresas subsidiarias.
Aprobar anualmente el Presupuesto General de Ingresos y Egresos tomando como base el proyecto que remita el Poder Ejecutivo, debidamente desglosado y resolver sobre su modificación; 33. Aprobar anualmente los Presupuestos debidamente desglosados de Ingresos y Egresos de las instituciones descentralizadas; 34.
e) Ejercer el notariado, simultáneamente, en más de tres instituciones estatales descentralizadas y en empresas públicas estructuradas como entidades privadas.” Artículo 44.—Reformas a la Ley orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.
Ahí tenemos el ejemplo de varias empresas descentralizadas, cuyos trabajadores se rigen por el apartado A, tal es el caso de los trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad y los de PEMEX, para citar sólo dos empresas de las más importantes del país.
El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y VI.
La administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector público contiene dos secciones: Gobierno Central e instancias descentralizadas.